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Ejecutar procedimientos de Investigación para la aplicación de medidas de salvaguardias

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Determinar mediante un procedimiento de investigación y en virtud de la solicitud realizada por la rama de producción nacional o de oficio por la CDC, si existen pruebas suficientes de que, como resultado de una evolución imprevista de la circunstancia, las importaciones del producto objeto de investigación han aumentado en tal cantidad y en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional de productos similares o directamente competidores, que ameriten la aplicación de una medida de salvaguardia.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

A la rama de producción nacional que se encuentre afectado por un aumento súbito e imprevisto de las importaciones del producto objeto de investigación, las cuales le hayan causado un daño grave o una amenaza de daño grave que amerite la adopción de medidas de salvaguardias.

DEPARTAMENTO QUE LO OFRECE

Investigación

REQUERIMIENTOS O REQUISITOS

Ver información adicional.

Información de contacto

Teléfono:809-476-0111

Procedimientos a seguir

Las investigaciones para determinar si se podrá aplicar una medida de salvaguardia pueden iniciarse mediante una solicitud por escrito presentada a la CDC por una rama de producción nacional o en nombre de ella; o de oficio por la CDC.

Información adicional

La solicitud por la que se inicia una investigación por subvenciones, además de presentarse una solicitud por escrito que incluya evidencia del dumping, el daño y la relación causal entre las importaciones objeto de dumping y el supuesto daño, deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 61 de la Ley No. 1-02 sobre Prácticas Desleales de Comercio y Medidas Salvaguardas, los artículos 208 y 209 del Reglamento de Aplicación de la Ley No. 1-02, así como presentarse conjuntamente con el formulario de investigación requerido por la CDC.

En virtud de lo anterior y de manera resumida, la solicitud contendrá:

  • Identificación del productor nacional solicitante;
  • Características y proceso de producción de los productos importados objeto de investigación;
  • Información relativa al producto nacional similar o directamente competitivo al importado;
  • Composición de la rama de producción nacional;
  • Información relativa a los importadores y exportadores de los productos investigados;
  • Ventas totales del productor solicitante y el mercado nacional;
  • Mercado internacional;
  • Información relativa a la existencia de circunstancias críticas;
  • Información en los tres años anteriores a la solicitud relativa al daño grave o amenaza de daño grave a la rama de producción nacional y el nexo causal:

–          Detalle de las ventas;

–          Efectos sobre los precios y factores que afectan los precios internos;

–          Capacidad de producción, producción y utilización de la capacidad;

–          Costo de producción;

–          Beneficios, inversiones, rendimiento de las inversiones y capacidad de reunir capital;

–          Flujo de caja;

–          Empleo y salarios;

–          Inventario;

Otra información que consideren relevante para la investigación, todo debidamente acompañado con pruebas.

Datos importantes

Horario:
De lunes a viernes de 8:00 a.m. hasta 3:00 p.m.
Canal de Prestación:
Presencial
Tiempo de realización:
De manera general y conforme la legislación nacional en la materia, la CDC deberá concluir la investigación en un plazo de seis (6) meses y, en caso excepcionales en que se evidencie la debida justificación para ello, en un máximo de dieciocho (18) meses. Al momento del depósito de la solicitud de investigación, la CDC adoptará la decisión de iniciar o no una investigación en un plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde la fecha de recepción de la solicitud presentada por escrito. Cuando la solicitud establezca cuestiones complejas o cuando la CDC requiera información adicional del solicitante u otros elementos de pruebas, ese plazo podrá ampliarse a cuarenta y cinco (45) días hábiles.
Costo:
RD$375,000.00, según el siguiente desglose: 40% al momento de iniciar la investigación, 40% luego de finalizada la etapa preliminar del procedimiento de investigación y 20% luego de emitida la decisión final correspondiente.
Tiempo de respuesta:
48 Horas