Nuestro presidente, el Dr. Juan Ramón Rosario Contreras, junto con las comisionadas Esperanza Cabral y Milagros Puello, y acompañados por la Dra. Ngozi Okonjo-Iweala, Directora General de la Organización Mundial del Comercio, se encuentran participando en las reuniones del Comité de Normas en la sede de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra, Suiza, correspondientes a octubre de 2024.
El propósito de estas reuniones es debatir y examinar el uso de los mecanismos de defensa comercial en materia de Salvaguardias, Subvenciones y Medidas Compensatorias, Prácticas Antidumping.
El Comité de Salvaguardias ofrece a los Miembros de la OMC la oportunidad de examinar cualquier cuestión relacionada con el funcionamiento del Acuerdo sobre Salvaguardias.
Las principales funciones del Comité de Salvaguardias son las siguientes:
- vigilar la aplicación general del Acuerdo sobre Salvaguardias, presentar anualmente al Consejo del Comercio de Mercancías (CCM) donde se presenta un informe sobre la aplicación del Acuerdo y hacer recomendaciones para su mejoramiento;
- averiguar, previa petición de un Miembro afectado, si se han cumplido los requisitos de procedimiento del Acuerdo sobre Salvaguardias en relación con una medida de salvaguardia, y comunicar sus constataciones al Consejo del Comercio de Mercancías (CCM);
- examinar, a petición del Miembro que adopte una medida de salvaguardia, si las concesiones u otras obligaciones objeto de propuestas de suspensión son “sustancialmente equivalentes”, y rendir informe según proceda al Consejo del Comercio de Mercancías CCM;
- recibir y examinar todas las notificaciones previstas en el Acuerdo sobre Salvaguardias y rendir informe según proceda al Consejo del Comercio de Mercancías (CCM).
Por su parte, el Comité de Subvenciones y Medidas Compensatorias (Comité SMC) ofrece a los Miembros de la OMC la oportunidad de examinar cualquier cuestión relacionada con el funcionamiento del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SMC) o la consecución de sus objetivos. El Comité SMC lleva a cabo el examen de las legislaciones nacionales notificadas a la Secretaría de la OMC. Esto ofrece a los Miembros la oportunidad de plantear preguntas sobre el funcionamiento de las leyes y reglamentos nacionales sobre medidas compensatorias y su compatibilidad con el Acuerdo SMC. El Comité SMC examina también las notificaciones de medidas compensatorias adoptadas por los Miembros y presentadas en sus notificaciones ad hoc y en los informes semestrales. Las notificaciones nuevas y completas de subvenciones de los Miembros también se examinan en reuniones extraordinarias del Comité SMC, que se celebran coincidiendo con las reuniones ordinarias del Comité. En esas reuniones, los Miembros pueden formular preguntas acerca de los programas notificados y las razones por las que no se han notificado ciertos programas o no se han presentado notificaciones sobre subvenciones en absoluto.
Para finalizar, el Comité de Prácticas Antidumping (Comité Antidumping) ofrece a los Miembros de la OMC la oportunidad de examinar cualquier cuestión relacionada con el funcionamiento del Acuerdo Antidumping. El Comité Antidumping lleva a cabo el examen de las legislaciones nacionales notificadas a la Secretaría de la OMC. Esto ofrece a los Miembros la oportunidad de plantear preguntas sobre el funcionamiento de las leyes y reglamentos nacionales sobre antidumping y su compatibilidad con el Acuerdo Antidumping. El Comité Antidumping examina también las notificaciones de medidas antidumping adoptadas por los Miembros y presentadas en sus notificaciones ad hoc y en los informes semestrales.
El Comité cuenta con dos órganos subsidiarios informales: el Grupo de Trabajo sobre la Aplicación y el Grupo Informal sobre las Medidas contra la Elusión, cuyas reuniones se celebran inmediatamente antes o después de las reuniones ordinarias del Comité Antidumping.